CASO REAL: Un representante de ventas que viajó mucho para reunirse con clientes y clientes potenciales, dedujo una serie de gastos. El IRS negó la mayoría de ellos.
SITUACION: Para el IRS. El contribuyente demostró que viajó bastante en su automóvil. Para corroborar las deducciones de gastos, el contribuyente presentó copias de los contratos de sus clientes con notas escritas a mano que estiman las millas recorridas desde y hacia cada lugar.
El tribunal dictaminó que su prueba era insuficiente para cumplir con los requisitos de §274, Desautorización de ciertos gastos de entretenimiento, etc. Los registros no establecían la fecha específica de llegada y la hora de salida de cada viaje, el nombre de los eventos a los que asistió, los clientes con los que se reunieron o los negocios discutidos en cada viaje.
A pesar de los recibos de los gastos de estacionamiento y peaje de cada viaje, no hubo evidencia que vincule estos gastos con eventos comerciales particulares, como reuniones con clientes. El tribunal dijo que los gastos podrían haberse incurrido fácilmente en conciertos u otras actividades personales. El contribuyente tampoco tenía registros contemporáneos, como un registro o diario de las reuniones de sus clientes, para vincular los gastos a las actividades comerciales.
Para la deducción de los gastos de teléfono celular e Internet, el contribuyente proporcionó solo comprobante de los montos pagados, no del uso comercial. Ella admitió que ella y su hija hicieron uso personal de los teléfonos celulares e Internet. Debido a que no había un registro que mostrara el uso personal o comercial de los servicios, el contribuyente no tenía derecho a esta deducción.
Esto fue un caso juzgado en Tax Court, en Septiembre 17, 2020. ( Docket No. 23698-18S. )
COMO DEBO PROCEDER?
Muchas veces se cree erroneamente que con solo tener un registro simple y sencillo justificará un gasto (deducción).
En Evalroad Tax & Accounting ayudamos a cada uno de nuestros clientes a que cumplan rigurozamente con estas obligaciones. También te "enseñamos" que documentación es la adecuada para justificar una "deducción" y así evitar sorpresas en el momento de una revisión.
IRS tiene procedimientos claros y detallados, en cuanto a la forma "aceptable" de guardar registros. Sugerimos a todos nuestros clientes que guarden los registros por 4 años. Si tuviste alguna revisión, auditoría, enmienda de impuestos, etc, estas reglas cambian. Te sugerimos que revises el link adjunto ( IRS: Mantenimiento de Registros ). Para ayudarte con esta "obligación tributaria" hemos creado el "Portal Cliente" . Este es una "bodega virtual", donde guardamos tus registros de forma virtual. Al contratar alguno de nuestros servicios, te creamos una cuenta "única y segura", donde escanemos toda tu documentación y la guardamos de acuerdo a las regulaciones solicitadas por IRS. Este "Portal" te permite tener acceso 24/7 a toda tu documentación de forma ordenada. Si quieres más detalles de este servicio, solo contáctanos.
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